Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 394.
CAPITULO III - EVALUACION DEL DESEMPEÑO PERSONAL DE LOS FUNCIONARIOS
Artículo 15
A partir de los días 11 de junio y 11 de diciembre de cada año, se
instalarán en las Unidades Ejecutoras de A.S.S.E., Tribunales de
Calificación de los Funcionarios de los servicios de cada Unidad
Ejecutora, integrados por el Director, el Administrador y el Sub-Director
Técnico de la Unidad Ejecutora, el Jefe del Servicio o Encargado de Unidad
Funcional que en cada caso corresponda y un representante de los
funcionarios o de la Federación de Funcionarios de Salud Pública (electo
en la forma que ésta determine) con el único objeto de evaluar la
actuación de los funcionarios para el cobro del incentivo a la
productividad.