Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 394.
CAPITULO III - EVALUACION DEL DESEMPEÑO PERSONAL DE LOS FUNCIONARIOS
Artículo 17
Los factores de evaluación de los funcionarios serán los que a
continuación se detallan y describen, a los que se asignará la ponderación
que en cada caso se indica y un porcentaje de 1 a 3:
RENDIMIENTO (Ponderación 5): Es la capacidad del funcionario para
realizar el trabajo asignado dentro de los parámetros de tiempo y calidad
esperados.
1 punto: rendimiento bajo
2 puntos: rendimiento normal
3 puntos: rendimiento alto
PRESENTISMO (Ponderación 4): Se mide el porcentaje de faltas registrado
en el período a evaluar.
1 punto: más de un 10% de inasistencias calculado sobre el total de
jornadas laborales del período a evaluar.
2 puntos: inasistencias que no superen un 10% sobre el mismo total
indicado anteriormente.
3 puntos: cuando se haya registrado 0 inasistencias en el período.
Se admitirán ausencias al servicio motivadas por:
a) el usufructo de licencias anuales reglamentarias por períodos que no
excedan -durante el semestre que se evalúa- el máximo de días generados
anualmente por el funcionario, más los días que corresponda adicionar
por concepto de antigüedad.
b) licencias por maternidad.
c) licencias por duelo
d) días libres por horario compensatorio cumplido previamente.
CONDUCTA (Ponderación 3): Es el acatamiento a las directivas impartidas
y el respeto hacia los usuarios, las autoridades y los compañeros de
trabajo.
1 punto: conducta regular
2 puntos: buena conducta
3 puntos: muy buena conducta.