Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 394.
CAPITULO V - CRONOGRAMA DE EVALUACION Y LIQUIDACION
Artículo 28
Cométese a la Dirección General de A.S.S.E. el diseño de un régimen
transitorio de implantación progresiva del sistema de evaluación de
servicios y de calificación de los funcionarios aprobado por el presente
Decreto, que permita el pago de los incentivos y el perfeccionamiento
paulatino de los procesos de trabajo dispuestos precedentemente.