Indice |
TCo |
Corresponde al TCi utilizado en el anterior ajuste. |
IPCo |
Corresponde al IPCi utilizado en el anterior ajuste. |
IMSo |
Corresponde al IMSi utilizado en el anterior ajuste. |
GAS OILo |
Corresponde al GAS OILi utilizado en el anterior ajuste. |
TCi: Tipo de cambio dólar USA interbancario vendedor promedio del último semestre a la propuesta de ajuste.
IPCi: Índice Precios al Consumo del mes anterior a la propuesta de ajuste.
IMSi: Índice Medio de Salarios Públicos del mes anterior a la propuesta de ajuste.
GAS OILi: Precio del Gas Oil del mes anterior a la propuesta de ajuste.
Grupo 1 |
Uso de Muelle. |
Uso de Puerto. |
Zona de Fondeo. |
Pasajeros tráfico fluvial y vehículos.
Pasajeros cruceros.
Servicio de información de buques. |
Grupo 2 |
Mercadería.
Embarque y desembarque de contenedores. |
Grupo 3 |
Grúas eléctricas. |
Grúas flotantes. |
Equipos graneles. |
Otros equipos. |
Retiro aguas sentina. |
Retiro residuos. |
Retiro aguas grises y negras. |
Almacenaje y áreas abiertas.
Zona contigua a muelle.
Piso embarcaciones menores.
Recolección de hidrocarburos y residuos bahía.
Tarifas no incluidas en los grupos. |
Grupo 4 |
Suministro de agua. |
Grupo 5 |
Suministro de electricidad directa y con generador. |
B) Tarifas en pesos uruguayos:
Para el caso de las tarifas en pesos uruguayos, excepto el cargo por suministro de energía operadores, se considerará la variación del Índice de Precios al Consumo: IPCi/IPCo.
IPCo: Índice de Precios al Consumo correspondiente al valor definido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para este presupuesto.
Esta norma regirá durante la vigencia del Presupuesto 2016 y será revisada para el Presupuesto 2017.