PAGO DE IMPUESTO. DECLARACION JURADA. PLAZOS




Promulgación: 10/12/1968
Publicación: 16/12/1968

Resumen:

Establécese que el plazo fijado para la presentación de declaraciones 
juradas y pago de impuestos recaudados por la Oficina de Impuesto a la
Renta se aplicará para los ejercicios económicos cerrados desde el 31 de 
diciembre de 1968.



Artículo 1



		
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