Visto: El Decreto Nro. 516/985, de fecha 25 de setiembre de 1985, por
el que se reglamenta las potestades disciplinarias en la Policía.
Considerando: Que en el citado Decreto no se reglamentaron las
potestades del Sub Director General de Secretaría ni del Inspector
Nacional de Policía, teniendo en cuenta -además- que este último cargo no
existía a la fecha de aprobación del decreto.
Resultando: Que al estar unificadas ambas funciones en una sola
persona, es necesario precisar el alcance de lass potestades
disciplinarias de quien desempeña dichos cargos.
Atento: a lo expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
A efectos de ordenar los Anexos Nros. 1 y 2 los Jefes de Policía de
ambos Cuadros figurarán con la letra e) y así en forma sucesiva y
decreciente para las otras jerarquías que allí se mencionan.