CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO Nº 18 SERVICIOS CULTURALES, DE ESPARCIMIENTO
Y COMUNICACIONES. SUBGRUPO 02 PRENSA Y SUS EDICIONES PERIODISTICAS DIGITALES. CAPITULO PRENSA DEL INTERIOR Y SUS EDICIONES PERIODISTICAS DIGITALES.
Dispónese que desde el 1° de enero de 2009 los salarios mínimos del capítulo serán escalonados considerando la Franja 3 100% de la siguiente manera:
1ero de enero de 2009 F1 60% y F2 70% de F3 respectivamente.
El 1ero de enero de 2010 pasarán a ser el 65% y 75% de la F3
respectivamente.
El 1ero de julio de 2010 pasarán a ser el 70% y 80% respectivamente.
El escalonamiento no se aplicará en el área operativa que se regirá para
los siguientes ajustes por lo dispuesto para los sobrelaudos.