Visto: el planteamiento formulado por la DI.NA.MI.GE. respecto a áreas
de interés prospectivo en granito ornamental en el departamento de Flores.
Resultando: que las zonas a estudiar presentan las características de
aquéllas que constituyen yacimientos con alto potencial productivo.
Considerando: que corresponde decretar la Reserva Minera de dichas
áreas a efectos de amparar las labores que realiza el Estado, de
conformidad con lo previsto por los artículos 51 y siguientes del Código
de Minería;
Atento: a lo expuesto;
El Presidente de la República
DECRETA:
La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de la
fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos existentes en el área
mencionada, cometiéndose la realización de las labores a la Dirección
Nacional de Minería y Geología.