Para el caso de que el Ministerio de Agricultura y Pesca compruebe que el
mercado no opera con agilidad que requiere una fluida corriente de
transacciones, dicha Secretaría de Estado podrá realizar compras de trigo
de la cosecha 1978/979 directamente a los productores.
En tales circunstancias, en forma conjunta con el Ministerio de Economía
y Finanzas, adoptará las resoluciones necesarias para instrumentar esa
participación.