EXCEPCIONES PARA LOS INTEGRANTES DE LA COMISION NACIONAL DEL PUENTE BUENOS AIRES COLONIA




Promulgación: 11/12/1985
Publicación: 02/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1275
Referencias a toda la norma

Artículo 2

    Los pasajes y viáticos diarios correspondientes serán autorizados por
resolución de los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de
Relaciones Exteriores y se liquidarán por la Secretaría de Estado nombrada
en último término.
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