RUBROS PRESUPUESTALES. PRESUPUESTO. EJERCICIO 1991




Promulgación: 31/12/1991
Publicación: 23/06/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Los rubros de retribuciones personales se ajustarán de acuerdo a los incrementos que otorgue el Poder Ejecutivo a los funcionarios públicos, y los restantes, en la oportunidad y por el porcentaje que determine el Poder Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 82 de la ley 15.809 del 8 de abril de 1986.
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