Visto: la gestión promovida por la Contaduría Central del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, relacionada con la trasposición de fondos del
Rubro "2" (Adquisiciones varias) al Rubro "3" (Servicios no personales).
Considerando: que la Contaduría General de la Nación y la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, han tomado la intervención que les compete.
Atento: a lo establecido por el artículo 54 del decreto ley 15.167 del 6
de agosto de 1981,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase la trasposición de la suma N$ 20:000.000 (veinte millones de
nuevos pesos), del Rubro "2" (Adquisiciones varias) al Rubro "3"
(Servicios no personales), del Proyecto 853 - Programa 001'
"Administración General" del inciso 10.