MODIFICACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1988. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS. MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1988, presentados por Unidades ejecutoras de los Incisos 02 "Presidencia de la República", 03 "Ministerio de Defensa Nacional", 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", 07 "Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca" y 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" y que algunas de ellas solicitan la ampliación e incorporación de proyectos al Plan de Inversiones Públicas de dicho ejercicio.
Resultando: I) Que las citadas ampliaciones se refieren a los
proyectos de Inversión Nos. 718 "Remodelación edificio calle 25 de Mayo" en un monto de N$ 30:000.000.00 (nuevos pesos treinta millones), 725 "Máquinas Equipos y Mobiliarios" en un monto de N$ 43:720.000.00 (nuevos pesos cuarenta y tres millones setecientos veinte mil pesos) y 726 "Remodelación local calle Cerro Largo" en un monto de N$ 10:000.000.00 (nuevos pesos diez millones) en el Programa 010 "Regulación de precios y subsidios de los artículos de primera necesidad del Inciso 05 "Ministerio
de Economía y Finanzas" 750 "Adquisición de vehículos" en un monto de N$ 6:252.955.00 (nuevos pesos seis millones doscientos cincuenta y dos mil novecientos cincuenta y cinco) en el Progrma 001 "Administración Superior" del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", cuyos créditos fueron incorporados al Plan de Inversiones Públicas 1988 por un monto de N$ 2:500.000.00 (nuevos pesos dos millones quinientos mil), N$ 3:034.000.00 (nuevos pesos tres millones treinta y cuatro mil),
N$ 1:500.000.00 (nuevos pesos un millón quinientos mil) y N$
17:777.500.00 (nuevos pesos diecisiete millones setecientos setenta y siete mil quinientos) respectivamente, en la financiación 1.3 "Rentas Generales" por la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987;
II) Que las mencionadas incorporaciones corresponden a los Proyectos Nos. 715 "Adquisición de Vehículos Verno Oficina de Montevideo" por un monto de N$ 6:000.000.00 (nuevos pesos seis millones) en el Programa 002
"Planificación del Desarrollo y Asesoramiento Presupuestal para el sector público" del Inciso 02 "Presidencia de la República", 950 "Remodelación
de Puestos" por un monto de N$ 30.000.000.00 (nuevos pesos treinta millones), 760 "Adquisición de vehículos" por un monto de N$
30:780.000.00 (nuevos pesos treinta millones setecientos ochenta mil) y 785 "Adquisición de un sistema de procesamiento de datos, análisis, implantación y puesta en marcha, seguimiento y asesoramiento" por un
monto de N$ 8:000.000.00 (nuevos pesos ocho millones) en el Programa 010 "Regulación de Preciso y Subsidios de los artículos de primera necesidad"
del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", 901 "Adquisición de vehículos automotores" por un monto de N$ 12:000.000.00 (nuevos pesos
doce millones), 902 "Adquisición de mobiliario y máquinas, equipamiento para oficina" por un monto de N$ 5:000.000.00 (nuevos pesos cinco millones) y 903 "Adquisición de equipos de procesamiento de datos" por un
monto de N$ 2:000.000.00 en el Programa 002 "Servicios para la registración, calificación y contralor de cumplimiento de las empresas nacionales de obras públicas, consultoras y empresas de trabajo y servicios complementarios" del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y
Obras Públicas".
Considerando: I) Que tanto las ampliaciones como las incorporaciones
de financiarían con recursos extrapresupuestales y se hallan incluidas en
los Preventivos presentados;
II) Que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido con
las demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de 28 de agosto de 1975, y 89° de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con
la redacción dada respectivamente, por los artículos 45° y 47° de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, y por el artículo 90° de la ley 15.809 precitada, y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Contaduría General de la Nación y la Asesoría Técnica Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Amplíanse en el Plan de Inversiones Públicas 1988, los siguientes proyectos de Inversión en un monto total de N$ 89:972.955.00 (nuevos
pesos ochenta y nueve millones novecientos setenta y dos mil novecientos cincuenta y cinco) a financiarse con recursos extrapresupuestales:
Inc. Prog. Unidad Ejecutora Monto en N$
05 010 010 Dirección Nacional
de Comercio y Abastecimiento
Proyecto
Remodelación edificio
calle 25 de Mayo 718 30:000.000.00
Máquinas, equipos
y mobiliarios N° 725 43:720.000.00
Remodelación Local
calle Cerro Largo 726 10:000.000.00
Unidad Ejecutora
07 001 001 Dirección General
Proyecto
Adquisición de Vehículos 750 6:252.955.00