Modifícase el artículo 2 del Decreto N° 59/971 estableciéndose la fecha a partir de la cual la Dirección General de Telecomunicaciones aplicará las tarifas telegráficas y radiotelegráficas.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 155/971 de 18/03/1971.