INCORPORACION DE BIENES A LA DELIMITACION DEL RECINTO PORTUARIO ADUANERO DEL PUERTO DE MONTEVIDEO




Promulgación: 06/02/2009
Publicación: 17/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 303
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 La Administración Nacional de Puertos ejercerá las funciones, poderes
jurídicos y competencias que posee en el puerto de Montevideo para el
cumplimiento de los objetivos de la política portuaria nacional.
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