PROHIBICION DE FILTRAR Y PRENSAR LAS BORRAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS VITIVINICOLAS Y FIJACION DE NORMAS RELATIVAS A MEJORAR Y CONTROLAR LA INDUSTRIA VITIVINICOLA
Todo elaborador de vino deberá formular declaración jurada de capacidad
de los recipientes destinados a la elaboración y depósito de vinos y de
los silos o depósitos para orujos y borras dentro de los diez días de
producida cualquier modificación respecto a lo declarado anteriormente. El
interesado deberá acompañar con la declaración jurada un nuevo plano de
bodega si correspondiere.