Apruébase como economías efectivas de la Reforma del Inciso 07
"Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", reconocidas al 31 de
diciembre de 1999, la suma anual de $ 3:847.100.- (pesos uruguayos tres
millones ochocientos cuarenta y siete mil cien), proveniente de la
financiación 1.1 "Rentas Generales", discriminada de acuerdo al siguiente
detalle:
Unidad Ejecutora 001 1:549.770.48
Unidad Ejecutora 002 105.413.76
Unidad Ejecutora 003 238.948.44
Unidad Ejecutora 004 71.960.88
Unidad Ejecutora 006 346.734.24
Unidad Ejecutora 007 63.666.00
Unidad Ejecutora 008 224.044,08
Unidad Ejecutora 010 424.267.20
Unidad Ejecutora 011 167.745.92
Unidad Ejecutora 012 552.098.00
Unidad Ejecutora 014 102.451.00
TOTALES 3:847.100.00
Apruébase, asimismo, la reasignación de los créditos presupuestarios
hasta un monto anual de $ 2:855.877.- (pesos uruguayos dos millones
ochocientos cincuenta y cinco mil ochocientos setenta y siete), a valores
del 31 de diciembre de 1999, los que se incrementarán en los porcentajes
que determine el Poder Ejecutivo para sueldos, en los destinos y montos
que se detallan a continuación:
Concepto Objeto-Auxiliar Monto Anual
1- Partida a Reasignar 097.011 2:128.352
2- Sueldo Anual complementario 059 177.363
3- Aporte patronal sistema seguridad
social s/retrib. 081 449.615
4- Otros aportes patronales sobre
retribuciones 082 23.057
5- Estructura Aprobada 77.490
Total 2:855.877
El crédito que se autoriza en el Objeto-Auxiliar 097.011 "Partida a
Reasignar" no podrá ser utilizado hasta tanto se apruebe su reasignación
por parte del Inciso, previo informe favorable del CEPRE, en los destinos
establecidos en la Ley Nº 16.736 y de la forma que ésta determina. La
parte del mismo que se asigne al Objeto-Auxiliar 047.002 "Equiparación
Salarial similar responsabilidad", se destinará a los funcionarios que
ocupen cargos o funciones contratadas y desempeñen tareas prioritarias
para el cumplimiento de los cometidos sustantivos o de apoyo a éstos en
la unidad organizativa respectiva.