COMERCIO EXTERIOR. FIJACION DE DERECHOS ADUANEROS




Promulgación: 25/11/1971
Publicación: 02/12/1971

Resumen:

Dispónese que los artículos incluidos en la Sección Materias Primas de la
Tarifa de Aduanas, a los que no se les haya fijado aforo, se despacharán 
con el aforo por el que se despachen en el Arancel General de Importación.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 248/975 de 
03/04/1975 artículo 10.


		
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