ACTUALIZACION DE LAS MULTAS FIJADAS POR EL CODIGO TRIBUTARIO PARA EL AÑO 2009




Promulgación: 22/12/2008
Publicación: 12/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3219
VISTO: lo dispuesto por el artículo 99 del Código Tributario.

CONSIDERANDO: que corresponde actualizar los montos establecidos en los
artículos 95 y 98 del citado Código.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase en $ 180,00 (pesos uruguayos ciento ochenta) y $ 3.850,oo (pesos
uruguayos tres mil ochocientos cincuenta) las multas mínimas y máximas
previstas por los artículos 95 y 98 del Código Tributario. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

 Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para el año 2009.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

RODOLFO NIN NOVOA - ANDRES MASOLLER
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