Visto: la gestión del Ministerio de Economía y Finanzas con relación
a las partidas necesarias a la puesta en marcha de nuevas disposiciones
que regirán la importación de mercaderías para 1980.
Considerando: I) Que el proyecto correspondiente no fue incluido en
el Plan Anual de Inversiones - 1979;
II) Que es urgente proceder a la adecuación del local de la División
Valoraciones y al equipamiento mecánico complementario para esa División.
Atento: a lo establecido en el decreto 415/979, de 5 de julio de 1979
y al informe favorable de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Incorpórase al Anexo 1 del Plan Anual de Inversiones- 1979, el
proyecto siguiente: Inciso 05, Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad
Ejecutora 10, Sector 32, Programa 2.07 Inversión para la Recaudación,
Contralor y Fiscalización de la Renta Aduanera, Proyecto 005, "Adecuación
local División Valoraciones" N$ 230.000 (doscientos treinta mil nuevos
pesos) y Proyecto 006 "Equipamiento División Valoraciones" N$35.000
(treinta y cinco mil nuevos pesos).