VISTO: el Decreto Nº 455/007 de 26 de noviembre de 2007, y sus normas
complementarias.
RESULTANDO: que el referido decreto introdujo modificaciones
reglamentarias al Capítulo III de la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998
lo que coadyuvó a un incremento sustancial de la inversión en el país.
CONSIDERANDO: I) que en el marco de las medidas tendientes a mitigar los
efectos de la actual coyuntura internacional, se entiende conveniente
profundizar los citados estímulos, favoreciendo las inversiones
efectivamente realizadas en el período comprendido entre el 1º de enero y
el 31 de diciembre de 2009;
II) que corresponde además establecer los criterios de reliquidación para
aquellos contribuyentes que habiendo presentado sus proyectos bajo el
régimen anterior, hayan optado por quedar incluidos en la nueva
reglamentación.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la
Constitución.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 455/007 de 26/11/2007 artículo 15
inciso 3º) Y 4º).
RODOLFO NIN NOVOA - ANDRES MASOLLER - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO