VISTO: el Decreto N° 108/003, de 20 de marzo de 2003.
RESULTANDO: que a través de dicho Decreto se designa a la Dirección
General de Casinos agente de retención del Impuesto al Valor Agregado
generado en virtud de los contratos que tienen por objeto el
arrendamiento de bienes y servicios para la explotación directa de
casinos y salas de esparcimiento.
CONSIDERANDO: conveniente realizar ajustes a dicho régimen de
retención.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 242° de la Ley N° 17.296, de 21
de febrero de 2001.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: