VISTO: el Decreto Nº 98/07, de 21 de marzo de 2007, que actualizó a la IV
enmienda del sistema armonizado la lista de materias primas cuyo anticipo
de IVA, al momento de su importación definitiva, puede ser abonado con
cheques de pago diferido; y la Resolución S/n del Ministerio de Economía y
Finanzas, de 7 de agosto de 2008, que estableció la apertura del ítem
arancelario 3907.60.00.00.
RESULTANDO: que el ítem 3907.60.00.00 se encuentra incluido en el Anexo
del Decreto Nº 98/07 y que no se procedió a actualizar dicho anexo de
acuerdo a la apertura creada por la Resolución S/n del Ministerio de
Economía y Finanzas, de 7 de agosto de 2008.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo del
mencionado Decreto a los efectos de incorporar las aperturas creadas por
la Resolución S/n de 7 de agosto de 2008.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: