Visto: lo dispuesto por el literal E) del artículo 25 del Título 2 del
Texto Ordenado 1982.
Considerando: que el Poder Ejecutivo debe fijar el monto de los ingresos
correspondientes al año 1985 a efectos de determinar quiénes quedan
comprendidos en la citada disposición por el año 1986.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase en N$ 130.000,00 (nuevos pesos ciento treinta mil) para el año
1985 el monto del ingreso establecido en el artículo 66 del decreto
663/979 del 19 de noviembre de 1979, a efectos de quedar comprendidos en
la exoneración establecida en el literal E) del artículo 25 del Título 2
del Texto Ordenado 1982.