IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 13/12/1985
Publicación: 03/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1289
 Visto: lo dispuesto por el literal E) del artículo 25 del Título 2 del
Texto Ordenado 1982.

  Considerando: que el Poder Ejecutivo debe fijar el monto de los ingresos
correspondientes al año 1985 a efectos de determinar quiénes quedan
comprendidos en la citada disposición por el año 1986.

  Atento: a lo expuesto,

                      El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase en N$ 130.000,00 (nuevos pesos ciento treinta mil) para el año
1985 el monto del ingreso establecido en el artículo 66 del decreto
663/979 del 19 de noviembre de 1979, a efectos de quedar comprendidos en
la exoneración establecida en el literal E) del artículo 25 del Título 2
del Texto Ordenado 1982.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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