VITIVINICULTURA




Promulgación: 26/11/1986
Publicación: 28/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 683
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Declárase en infracción a la ley 10.940, de 19 de setiembre de 1947, en
relación a los precios mínimos de los orujos y borras establecidos de
acuerdo al procedimiento del presente decreto, y por tanto sin valor
alguno, cualquier convenio entre las partes que implique la concesión de
precios menores que los referidos precedentemente.
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