Visto: el presupuesto operativo, de operaciones financieras y el presupuesto de inversiones del Banco de Seguros del Estado correspondiente al ejercicio 1989.
Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.
Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la República,
El Presidente de la Repúlica
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el presupuesto operativo, de operaciones financieras y de inversiones del Banco de Seguros del Estado, Casa Central, Sucursales y Central del Servicios Médicos a regir desde el 1° de enero de 1989. Forman parte integrante de este decreto las condiciones generales, planes, estados y planillados que acompañan este presupuesto, salvo disposición expresa en contrario.
N$ N$
I - RECURSOS .......................... 46.584:157.000
- Premios ........................... 35.340:662.000
- Comisiones y reaseguros pasivos ... 1.661:570.000
- Siniestros recuperación reaseguros. 1.219:053.000
- Otros ingresos ajenos al giro...... 3.008:400.000
- Impuestos recup. reaseguros ....... 167:472.000
- IVA a facturar .................... 5.187:000.000
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II) - PRESUPUESTO OPERATIVO ........... 38.004:833.137
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Rubro Denominación
0 Retribuc. Serv. Personales ... 3.291:806.022
011311 Sueldos básic. cargos pres. .. 1.860:931.020
Sueldos Directorio ........... 14:507.400
018 Sueldos progres. por categ.... 15:955.140
019311 Sueldo anual compl. presup.... 236:106.173
021321 Sueldos básic. cargos cont.... 256:369.104
029311 Sueldo anual compl. cont...... 25:913.678
050 Honorarios.................... 180.000.000
051 Honorarios liquidadores
pólizas accidentes ........... 26:040.000
052 Honorarios médicos ........... 13:290.000
061311 Trabajo en horas extras....... 108:678.672
062301 Gastos de representación ..... 1:734.600
063 Compensación por estudios
especializados ............... 1:365.132
064 Prima por antigüedad ......... 208:358.712
065 Comisiones por cobranza ...... 138:600.000
066 Compensación por subrogación . 4:928.368
068 Funciones distintas al cargo . 40:649.712
069 Trabajo nocturno ............. 3:743.364
077 Quebranto de caja ............ 50:400.000
078 Compens. secret.directorio ... 3.256.740
08011 Adelanto a cta. presupuestado. 3:014.400
08021 Adelanto a cta. contratado ... 504.000
Subsidio exdirector .......... 2:780.808
Partida para restructura ..... 87:959.844
Sueldo anual compl. restruct.. 6:719.155
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1 Cargas Legales sobre Servs.
Personales ................... 1.161:133.973
111 Aporte patronal jubilatorio... 918:812.902
123 Aporte patronal al FNV ....... 35:005.092
125 Aporte patronal al seguro de
accidente de trabajo ......... 7:899.015
126 Aporte patronal al seguro de
retiro ....................... 157:857.262
131 Impuesto a las rentas y prest.
nominales .................... 41:559.702
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2 Materiales y Suministros ..... 519:847.000
3 Servicios no Personales ...... 760:240.000
7 Subsidios y otras transfer.... 1.632:263.542
742 Contrib. guardería funcion.
Bancos ....................... 4:327.000
744 Donaciones ................... 1:250.000
745 Subsidios a entidades
deportivas, culturales y
recreativas .................. 240
749 Otros subsidios a entidades .. 50.000
751 Prima por matrimonio ......... 1:300.850
752 Prima por hogar constituido .. 89:030.520
753 Prima por nacimiento ......... 2:497.632
754 Prima por hijos .............. 33:360.800
758 Prestación por alim. contrat.. 49:087.500
759 Prestación por alim. presup... 360:927.000
774 Compen. por asist. médic. .... 510:510.000
775 Asist. médic. a pasivos ...... 123:000.000
781 Afil. organis. de seg. social. 141.000
791 Impuestos nacionales. ........ 405:836.000
792 Impuestos municipales ........ 50:945.000
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8 Servicio de Deuda y Anticipo . 30.583:950.000
9 Asignaciones Globales ........ 55:592.600
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III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES
Rubro Denominación
4 Máquinas, equipos y mobiliario
nuevos ......................... 712:936.000
5 Tierras, edificios y otros
activ. preexistentes ........... 16:920.000
6 Construc. mejoras y reparac.
extraordinarias ................ 212:460.000
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TOTAL .......................... 942:316.000
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan que forman
parte integrante de este decreto.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera pertenecientes al plan de inversiones están estimadas a la cotización de N$ 282,00 (nuevos pesos doscientos ochenta y dos) por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución.
Las partidas en moneda nacional correspondientes al plan de inversiones están expresadas al nivel de precios promedio noviembre /87 - febrero/88.
Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el decreto 84/984, de 1° de marzo de 1984 y modificativas, excepto lo concerniente a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, entre rubros de un mismo proyecto, así como modificaciones entre componente nacional e importado que sólo requerirá la autorización del jerarca del organismo, dando cuenta dentro de los diez días subsiguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien en igual plazo deberá comunicar al Tribunal de Cuentas de la República.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 789/988 de
23/11/1988.