APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 1989




Promulgación: 23/11/1988
Publicación: 14/03/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 18

   La remuneración del valor unitario de cada hora extraordinaria de labor del personal de la Categoría Superior, con excepción de los cargos remunerados según  los grados 63 al 65 de la Escala Patrón Unica y con un máximo de 30 horas mensuales, será equivalente a una vez y media el valor de la hora de trabajo ordinaria calculada sobre las retribuciones personales sujetas a montepío que percibe mensualmente el funcionario, a excepción del aguinaldo.
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