FIJACION DE NORMAS REGLAMENTARIAS RELATIVAS A ELIMINACION DE BOVINOS BRUCELOSICOS




Promulgación: 22/02/1984
Publicación: 08/03/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 314
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los Servicios de Inspección Veterinaria en los establecimientos
habilitados para la faena de bovinos positivos a brucelosis emitirán una
constancia de recibo de dichos animales en la cual deberá constar la fecha
de llegada, el número del certificado-guía y la identificación de los
bovinos marcados a fuego con "B".
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