VISTO: lo dispuesto en el Decreto 109/03 de 20 de marzo de 2003, el
Decreto 199/03 de 22 de mayo de 2003 y el Decreto 536/03 de 17 de
diciembre de 2003;
RESULTANDO: I) que las referidas normas aprueban el denominado "Estudio
Geológico Minero del Depósito de Arenas Negras del Departamento de Rocha"
y se reglamenta el procedimiento para la realización de actividad minera
en la zona;
II) que la sociedad anónima encargada del desarrollo de la actividad
minera quedó constituida el 17 de junio de 2003, disponiendo de un plazo
de 180 (ciento ochenta) días a partir de esa fecha para enajenar mediante
oferta pública al mejor postor la totalidad de sus acciones, plazo que
fuera prorrogado hasta el 17 de febrero de 2004;
CONSIDERANDO: que la Corporación Nacional para el Desarrollo entiende
pertinente una nueva prórroga del plazo teniendo en cuenta la intención
de realizar un llamado a expresiones de interés;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Prorrógase el plazo establecido en el Art. 1º del decreto 536/03 de 17
de diciembre de 2003 por el término de 6 (seis) meses a partir del 17 de
febrero de 2004.