VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo 238/009 de fecha 20 de mayo de 2009;
RESULTANDO: I) que el citado Decreto crea el Sistema Nacional de Respuesta
al Cambio Climático y variabilidad, a los efectos de coordinar y
planificar las acciones pública y privadas necesarias para la prevención
de los riesgos, la mitigación y la adaptación al cambio climático. Dicho
sistema estará a cargo del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente;
II) que el ARTICULO 2° del referido Decreto, constituyó un Grupo de
Coordinación del Sistema, que estará integrado por representantes de: a)
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; b)
Ministerio de Relaciones Exteriores; c) Ministerio de Defensa Nacional; d)
Ministerio de Industria, Energía y Minería; e) Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca; f) Ministerio de Salud Pública; g) Ministerio de
Turismo y Deporte; h) Oficina de Planeamiento y Presupuesto; i) Sistema
Nacional de Emergencias; y, j) Congreso de Intendentes.
Los Ministerios mencionados designarán un representante y dos alternos de
entre los Directores Nacionales o Generales competentes. La Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y el Sistema Nacional de Emergencia designarán
un titular y dos alternos con competencia en la materia. El Congreso de
Intendentes, será convocado a participar con tres representantes titulares
e igual número de alternos.
El representante titular del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente presidirá el Grupo de Coordinación. En
ausencia del mismo, el Grupo será presidido por el representante titular
del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca o de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto;
III) que el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente sugiere ampliar el ARTICULO 2° del Decreto 238/009 del Poder
Ejecutivo de fecha 20 de mayo de 2009, incluyendo al Grupo de Coordinación
del Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático y variabilidad, al
Ministerio de Economía y Finanzas, el que designará un representante y dos
alternos entre los Directores Nacionales o Generales competentes;
CONSIDERANDO: que se estima conveniente ampliar el ARTICULO 2° del Decreto
del Poder Ejecutivo de fecha 20 de mayo de 2009, incluyendo al Grupo de
Coordinación del Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático y
variabilidad, al Ministerio de Economía y Finanzas;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168
numeral 4° de la Constitución de la República y por los artículos 4°, 6°,
8°, 9° y 19 de la Ley 17.283, de 28 de noviembre de 2000;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Amplíase el ARTICULO 2° del Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 20 de
mayo de 2009, incluyendo al Grupo de Coordinación del Sistema Nacional de
Respuesta al Cambio Climático y variabilidad, al Ministerio de Economía y
Finanzas, el que designará un representante y dos alternos entre los
Directores Nacionales o Generales competentes.