El único destino autorizado para el volumen de vino que integra la
reserva será:
- la exportación
- la destilación
Ninguno de los destinos antes referidos, generará derecho a liberar
volumen de la reserva para el mercado interno, salvo que el volumen
exportado o destilado exceda al de la reserva.
Únicamente en este caso, quedará habilitado el industrial a adquirir de
otra empresa, volumen de reserva por el equivalente al que exceda de la
reserva, el que podrá ser liberado al mercado interno.