EXCEPCION A LA LIMITACION ESTABLECIDA EN EL ART. 105 DE LA LEY ESPECIAL N° 7, RELATIVA A LAS RETRIBUCIONES QUE SE DETERMINAN DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
Déjese sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 11 de febrero de 2014, donde se incluyó en la excepción señalada en el artículo 105 de la Ley Especial N° 7 del 23 de diciembre de 1983 a la función de Director de División de Apoyo de la Unidad Ejecutora 003 - Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.