COMERCIO EXTERIOR - IMPORTACIONES




Promulgación: 03/12/1986
Publicación: 04/05/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 762
    Visto: el régimen de comercialización de bienes, en las ciudades de
Rivera y  Chuy, establecido por los decretos del  Poder  Ejecutivo
222/986, 386/986 y 624/986, del 23 de abril, 24 de julio y 24 de setiembre
de 1986 respectivamente.

Considerando: que a los  efectos de lograr una pronta puesta en  práctica
del sistema, es necesario suspender transitoriamente la aplicación de
algunas exigencias previstas con carácter permanente, de modo de otorgar a
los importadores el tiempo suficiente para adecuarse a la totalidad de los
requisitos reglamentarios.

Atento: a lo expuesto.

El Presidente de la República,

                               DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 386/986 Derogada/o de 24/07/1986 
artículo 12.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA - JORGE PRESNO HARAN - JORGE BALIÑAS BARBAGELATA
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