Cuando se adquieran descarnes en virtud de la opción establecida en el
artículo precedente, el precio de los mismos será el siguiente: Descarne
de tripa: 10 % (diez por ciento) del valor vigente para el cuero crudo en
el momento de la adquisición.
Para los descarnes pickelados o wet blue, dicho precio se incrementará con
el costo del proceso industrial incorporado.