Fíjase la distribución de cuotas para el abasto de los Departamentos de
Canelones y Montevideo. Suspéndase la vigencia del Decreto Nº 545/969, en
lo que se refiere a la participación de los restantes frigoríficos
habilitados para el abasto de los departamentos de Canelones y
Montevideo.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 848/971 de
16/12/1971.