Reglamentario/a de: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 136.
Artículo 7
En el caso de los servicios, se aplicará la prioridad a las MPyMES que
cumplan los requisitos previstos por el Decreto Nº 504/07. Cuando el
servicio incluya el suministro de bienes, el monto sobre el que se
aplicará el margen de prioridad no considerará el precio de aquellos
bienes que no califiquen como nacionales de acuerdo a lo previsto en el
artículo anterior.