Visto: la gestión de la Presidencia de la República por la cual
solicita modificar su Plan de Inversiones Públicas 1986, aprobado por
la ley 15.809, de 8 de abril de 1986.
Resultando: I) Que la mencionada modificación implica la ampliación
del Proyecto 705 "Renovación de Vehículos" en el Programa 01
"Determinación y Aplicación de la Política de Gobierno" del inciso 02
"Presidencia de la República", con el producido de la indemnización pagada
por el Banco de Seguros del Estado a raíz del accidente sufrido por un
vehículo del citado órgano;
II) Que dicho proyecto se financiará con fondos extrapresupuestales.
Considerando: I) Que se configuran las razones que justifican la
modificación del Plan de Inversiones Públicas 1986;
II) Lo establecido por el artículo 89 de la ley 15.809, de 8 de abril
de 1986.
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
la Contaduría General de la Nación,
El Presidente de la República
DECRETA:
Amplíase el Plan de Inversiones Públicas 1986 del Inciso 02
"Presidencia de la República", Programa 01 "Determinación y Aplicación de
la Política de Gobierno" Proyecto 705 "Renovación de Vehículos" en la suma
de N$ 1:200.000 (nuevos pesos un millón doscientos mil) con el producido
de la indemnización pagada por el Banco de Seguros del Estado a raíz del
accidente sufrido por un vehículo de la Presidencia de la República. (*)