PESCA. REGLAMENTACION DE REDES DE ARRASTRE




Promulgación: 10/10/1974
Publicación: 23/10/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 692/991 Derogada/o de 17/12/1991 artículo 13.
Reglaméntase la utilización de "redes de arrastre" por parte de los
buques pesqueros habilitados. Derógase el artículo 1º del Decreto Nº
210/972 de 16 de marzo de 1972 el cual disponía que las redes de arrastre
de los buques extranjeros que pesquen en las aguas habilitadas del Mar
Territorial Uruguayo deberían tener en el copo de las redes determinadas
dimensiones; y el artículo 3º del Decreto Nº 185/973 de 8 de marzo de
1973 el cual declaraba que la expresión "red de arrastre" y "pesca de
arrastre" se refería únicamente a los artes de arrastre de puertas con
destino a la captura de recursos pesqueros de fondo.

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5



		
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