FIJACION DE LOS FICTOS MINIMOS PARA LA DETERMINACION DE INGRESOS POR
PRESTACION DE SERVICIOS DE EMPRESAS DE OMNIBUS PARA SU TRIBUTACION. DECLARACIONES JURADAS
El comprobante de pago del tributo a que se refiere el artículo 2º,
deberá presentarse en el Departamento de Fiscalización y Recaudación de la
Dirección Nacional de Transporte dentro de los 3 (tres) días hábiles
siguientes a la realización del servicio de turismo. Para las empresas
radicadas en el interior dicho plazo será de 5 (cinco) días hábiles.