EXCEPCION A LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DEL REGIMEN ESTABLECIDO POR LOS ARTS. 1° A 5° DE LA LEY 14.867 DE ORDENAMIENTO FINANCIERO



Referencias al artículo 1

AÑO 1983
Decreto Nº 380/983 de 13/10/1983
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