CREACION DE LA MESA DE ANALISIS DE SUSTANCIAS PELIGROSAS (MASPEL) EN EL AMBITO DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS (SINAE) Y DEROGACION DEL DECRETO 398/019
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 347 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018, relativo al ingreso al país de productos potencialmente peligrosos para la salud humana o el medio ambiente, su Decreto reglamentario N° 398/019, de 23 de diciembre de 2019, y Decreto N° 107/020, de 25 de marzo de 2020, normas concordantes y complementarias;
RESULTANDO: que la temática planteada, en dichas normas, resulta de extrema complejidad técnica para su aplicación y amerita ser abordada desde un ámbito interinstitucional transversal que asegure la conceptualización idónea en la materia;
CONSIDERANDO: I) que es necesario definir el concepto y alcance de productos potencialmente peligrosos para la salud humana o el medio ambiente;
II) que es necesario establecer las mismas especificaciones técnicas, así como las condiciones de depósito, acopio, distribución y comercialización de las referidas sustancias para los fabricantes nacionales y los importadores;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Créase la Mesa de Análisis de Sustancias Peligrosas (MASPEL) en el ámbito del Sistema Nacional de Emergencias (SINAE) y será presidida por el Director General de dicho Sistema.
La MASPEL estará integrada por el Ministerio del Interior, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el Ministerio de Industria, Energía y Minería, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Ministerio de Ambiente.
La referida Mesa definirá el concepto de sustancias peligrosas y establecerá protocolos y regulaciones en materia de ingreso al territorio nacional, acopio, distribución, transporte de las mismas y comercialización, a los efectos de garantizar la seguridad y salud humana y medio ambiental.
LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - JORGE LARRAÑAGA - CAROLINA ACHE - JAVIER GARCÍA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - ADRIAN PEÑA