BALNEACION DE GANADO. TARIFAS




Promulgación: 11/12/1967
Publicación: 19/12/1967

Resumen:

Fíjase la tarifa por concepto de balneación que pagará el usuario en bañaderos oficiales habilitados y todos aquellos que administre la Dirección de Sanidad e Industria Animal, disponiendose cómo deberá ser efectuado el pago; derógase el Decreto N° 330/967.
Fe de erratas publicada/s: 26/12/1967.
Derogada/o por: Decreto Nº 288/972 Derogada/o de 20/04/1972 artículo 3.

Artículo 3


		
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