FIJACION DE LA REMUNERACION ANUAL PARA LAS INSTALACIONES DE LOS SISTEMAS DE TRASMISION Y DE SUBTRASMISION DE ENERGIA ELECTRICA Y LOS CARGOS POR EL USO DEL SISTEMA. AÑO 2020




Promulgación: 28/02/2020
Publicación: 09/03/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la necesidad de actualizar las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión y de Subtrasmisión de energía eléctrica, y los cargos por el uso de dichos sistemas;

   RESULTANDO: I) que por los Decretos N° 65/019 y N° 66/019 de 25 de febrero de 2019, se establecieron respectivamente la remuneración reconocida anual para las instalaciones del Sistema de Trasmisión y del Sistema de Subtrasmisión de energía eléctrica correspondiente al año 2018 y su modalidad de ajuste;

   II) que el Decreto N° 277/015 de 13 de octubre de 2015, estableció la metodología de cálculo de los cargos por el uso de los sistemas mencionados;

   III) que el Decreto N° 169/019 de 17 de junio de 2019, aprobó los valores de los cargos unitarios correspondientes al año 2019, que regirán hasta que se aprueben los nuevos valores;

   IV) que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), calculó las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión y de Subtrasmisión de energía eléctrica y los valores de los cargos unitarios para los usuarios;

   CONSIDERANDO: que corresponde realizar la actualización de las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión y de Subtrasmisión de energía eléctrica y de los valores de los cargos por el uso de dichos Sistemas para el año 2020, y que regirán desde la publicación en el Diario Oficial;

   ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 15 y 17 de la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse los siguientes valores de las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión y de Subtrasmisión de energía eléctrica:

              Trasmisión - Remuneración inicio vigencia 2020

Subetapas
Estaciones $
Líneas $
Total $
Red de 500 kV
805.207.019
1.719.989.906
2.525.196.925
Transformación 500/150 kV
731.195.830
------
731.195.830
Red de 150 kV
1.080.125.522
2.949.399.789
4.029.525.311
Transformación 150/60/30 kV y secciones de salidas en 63 y 31,5 kV
1.991.617.676
------
1.991.617.676
Instalaciones de conexión de generadores y de consumidores conectados en 150-500 kV, y en 63-31,5 kV en las estaciones de 150 kV
352.005.773
54.423.853
406.429.626
Total
4.960.151.820
4.723.813.548
9.683.965.368
Subtrasmisión - Remuneración inicio vigencia 2020
Subetapas
Estaciones $
Líneas $
Total $
Líneas y cables 31,5-63 kV
313.369.702
2.794.729.626
3.108.099.328
Transformación 31,5-63/6,4-15 kV y secciones de salidas en 6,4 - 15 kV
2.420.705.200
------
2.420.705.200
Instalaciones de conexión de generadores y de consumidores conectados en 31,5-63 kV
210.917.622
------
210.917.622
Total
2.944.992.524
2.794.729.626
5.739.722.150

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Artículo 2

   Apruébanse los siguientes valores de los cargos por el uso del Sistema de Trasmisión de energía eléctrica y los valores de los cargos por el uso del Sistema de Subtrasmisión de energía eléctrica:

Cargos de Trasmisión
Inicio vigencia 2020
Peajes Demandas en 500kV
$/kW.mes
Cargo Pmax
112,45
Peajes Demandas en 150kV
$/kW.mes
Cargo Pp
272,52
Cargo (Pfp-Pp)
150,09
Exportaciones ocasionales
$/MWh
Exportaciones en 500 kV
154,04
Exportaciones en 150 kV
373,31
Cargos de Subtrasmisión
Inicio vigencia 2020
Cargos por uso de red
$/kW.mes
Cargo Pcp
353,10
Cargo Pcll
263,89
Cargo Pcv
45,16
Cargo fijo
$/mes
Cargo fijo
5.110,33

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Artículo 3

   Los valores aprobados regirán desde la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial y hasta nueva aprobación, y no se aplicarán a las transacciones ejecutadas con anterioridad a esa fecha.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI - DANILO ASTORI
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