El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de febrero de 2025 en $ 1.769,33 (pesos uruguayos mil setecientos sesenta y nueve con 33/100).