Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Confiérase a la Junta Nacional de Pesca el contralor sanitario e
higiénico en lo referente a la actividad de la pesca, incluyendo lo
referente a embarcaciones, muelles de descarga, instalaciones portuarias,
medios de transporte, hielo, cajas, puestos de venta al público, etc.