Visto: el oficio del Comando General del Ejército en el cual plantea
la conveniencia de reestructurar el cumplimiento de los cometidos
relacionados con las obras de desagüe y regulación de aguas en el
departamento de Rocha.
Resultando: I) Que por decreto 508/978, de 5 de setiembre de 1978, se
creó un Grupo de Trabajo con el cometido de realizar las obras de desagüe
de la Laguna Negra y de los bañados de adyacentes a la misma, cometidos
que el decreto 179/979, de 26 de marzo de 1979, amplió a todos los bañados
del departamento y la construcción de los reservorios de agua y las obras
de riego necesarias para el mejor aprovechamiento de las tierras
recuperadas y adyacentes;
II) Que por decreto 186/981, de 24 de abril de 1981, se asignó al
Grupo de Trabajo referido el cometido de regular las aguas del arroyo
India Muerta en Paso de las Tropas, mediante la construcción de una
represa que asegure la normal distribución y aprovechamiento de las
mismas.
Considerando: que existe conveniencia desde el punto de vista
operativo de que el cometido asignado por el decreto 186/981, sea cumplido
por un Grupo de Trabajo independiente del creado por decreto 508/978.
Atento: a los fundamentos expuestos,
El Presidente de la República
DECRETA: