FRIGORIFICO NACIONAL. FUNCIONARIOS




Promulgación: 22/10/1974
Publicación: 31/10/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Dispóngase que los organismos públicos en los cuales prestan servicios funcionarios del Frigorífico Nacional, deberán remitir a la Oficina
Nacional del Servicio Civil, las opciones dispuestas en el artículo 61 de
la Ley Nº 14.189 de 30 de abril de 1974 en cuanto a jubilación, incorporación presupuestal o cesantía con indemnización.

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 4

Artículo 5



		
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