Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Establécese que el complemento de salarios que la firma "La nueva
Cerro S.A." abona a sus trabajadores de fábrica, se incrementará en un
porcentaje del 22% (veintidós por ciento) a partir del 1° de octubre de
1986.