Reglamentario/a de: Ley Nº 10.793 de 25/09/1946 artículos 53, 54, 55, 56,
76 y 83.
Artículo 5
Certificados complementarios.- En los casos que existan certificados
agregados al título de propiedad de un inmueble, sólo se solicitarán
certificados complementarios.