REGLAMENTACION DE LA LEY 15.173 RELATIVA A LA PRODUCCION, CERTIFICACION, COMERCIALIZACION, EXPORTACION E IMPORTACION DE SEMILLAS




Promulgación: 16/03/1983
Publicación: 24/03/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 409
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.173 Derogada/o de 13/08/1981.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - SEMILLA CERTIFICADA
SEMILLAS QUE NO CUMPLEN CON LOS REQUISITOS NORMALES DE CERTIFICACION CON RESPECTO A PUREZA Y GERMINACION

Artículo 22

  Excepcionalmente, cuando en las categorías Fundación y Registrada no se
alcancen los requerimientos mínimos establecidos en las correspondientes
normas específicas de certificación, exclusivamente en cuanto a pureza
física, germinación y peso hectolítrico, pero se considere necesario y de
interés nacional continuar con la multiplicación, el Director de la Unidad
Ejecutora podrá autorizar, mediante resolución fundada, la entrega de esta
semilla para la siembra.
 En estos casos, la etiqueta adherida a los envases deberá llevar la
frase "Partida Aprobada para la Siembra" y deberá expresarse claramente
que esta semilla no cumple con las normas de certificación.
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